Guía de consejos para mudarse a España

Si estás planeando mudarte a España, ¡atención a estos requisitos y consejos!

Guía de consejos para mudarse a España

Guía de consejos para mudarse a España

Encontrar piso no es tarea fácil, y mucho menos si llegas desde otro país. Antes de poder mudarte, se requieren una serie de trámites tales como certificados, documento de identidad, permiso de residencia… ¡Sigue leyendo y descubre nuestra guía de consejos para mudarse a España!

PRIMERO DE TODO, EL CERTIFICADO DIGITAL COVID

En tiempos de pandemia las cosas cambian. Ahora, para entrar en España, así como en la mayoría de países, se exige el Certificado digital COVID. Este certificado te acredita como persona vacunada y por tanto te permite la entrada así como la libre circulación.

_________________________________
Todos los pasajeros
que lleguen a España por vía aérea o marítima, incluidos los que vienen en tránsito con destino a otros países, deberán cumplimentar antes de la salida un Formulario de Control Sanitario y obtener su QR para presentarlo en el embarque y en los controles sanitarios a su llegada a España:
Vía aérea: a través de la web https://spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health –SpTH– (Android, iOS).
Vía marítima (ferris): a través de la web https://spthm.puertos.es/
Compruebe, para rellenar el Formulario de Control Sanitario, si su país de inicio de viaje está en el listado de países/zonas de riesgo.
Si procede de un país tercero, en primer lugar, debe comprobar si puede viajar a España en el botón: "Requisitos de entrada en España desde terceros países".
Ministerio de Sanidad, Gobierno de España
_________________________________

Para conocer en detalle qué implica tener el Certificado digital Covid (datos personales, tipo y número de dosis administradas, país de vacunación…), así como su validez y otros tipos de controles sanitarios, recomendamos visitar este enlace.

SOY CIUDADANO EUROPEO: LOS TRÁMITES

Una de las comodidades de vivir dentro de la Unión Europea es que tan sólo necesitas tu documento nacional de identidad para viajar entre los 27 países que la forman. De la misma manera, tu documento nacional de identidad te permite residir en cualquiera de ellos por un período de hasta 3 meses.


¿Qué necesitas para ello?
  • Copia de la matrícula o de la inscripción universitaria o de cualquier otro tipo en relación a estudios que certifique el motivo de tu estancia, así como el pago del seguro médico y el certificado de fondos (dinero para mantenerte).
  • Certificado de trabajo en caso de que vengas a trabajar.
  • Si tu visita a España se debe a que quieres disfrutar de tu jubilación en una de nuestras ciudades, deberás acreditarlo mediante un certificado de salud y otro de ingresos (pensión).

Una vez consigas el permiso, recuerda solicitar el certificado de residencia, cuyo tiempo de validez es de 5 años. Para conocer los requisitos, la normativa y toda la documentación necesaria, dirígete a este enlace.

NO SOY CIUDADANO EUROPEO: LOS TRÁMITES

¿Te vienes a vivir por un tiempo? Como ciudadano no europeo, necesitas cumplir una serie de requisitos antes de solicitar tu entrada al país y residir en él. Antes de nada, piensa en el motivo de tu viaje. ¿Lo ves? ¿Lo tienes? Vale, entonces, ¿por cuánto tiempo querrás alargar tu estancia? No es lo mismo viajar para completar tus estudios que con una meta de futuro a largo plazo, ¿verdad? Son los dos factores más importantes que debes tener en cuenta.


Pero, hablemos de papeleo. ¿Qué necesitas?

o   Un visado.

¡Importantísimo! Cada visa es diferente, y existen diferentes requisitos para cada una. No todas están disponibles para todas las nacionalidades, ni salen por el mismo precio. Su clasificación general es la siguiente:

  • Larga duración: máximo 1 año, con permiso de trabajo de 20h semanales máximo.


Este tipo de estancia permite solicitar la Residencia Permanente, pero el tiempo de conteo es diferente, ya que solamente abarca el 50% del tiempo. Por ejemplo: si estudias por un período de tiempo de 3 años, legalmente se contabiliza como 1 año y medio de estancia. En cambio, solicitando una visa de Residencia Temporal te contaría el 100% de esos 3 años.

PUEDES INICIAR CON UNA VISA DE ESTANCIA Y RENOVAR A UNA VISA DE RESIDENCIA


o   Visas de Residencia Temporal: solicitadas por motivos laborales concretos. Período de residencia superior a 90 días e inferior a 5 años.

  • Visa no lucrativa: permite estudiar, pero no trabajar, por un tiempo no superior a tres meses.
  • Visa de residencia por cuenta ajena: estancia de entre 3 meses a 5 años (se concede 1 año de estancia y se renueva 2 veces por 2 años), siendo mayor de 16 años y teniendo contrato previo con una empresa nacional.
  • Visa de residencia por cuenta propia: como la anterior, permite residir de entre 3 meses a 5 años siempre que tengas +18 años y cuentes con ingresos que provengan de una actividad comercial por cuenta propia (autónomo, emprendedor).

o   A partir de esos 5 años como residente y trabajador, podrás acceder a la Residencia Permanente. Aunque, si has permanecido en el país de forma continuada por un mínimo de 3 años, también puedes postular.

o   Las Visas de Residencia Permanente se caracterizan por tener una vigencia indefinida y se deben renovar cada 5 años. A partir de los 10 años de estancia legal y continuada, puede solicitarse la Nacionalidad Española.

¡Ojo! A pesar de estas informaciones, también encontramos casos particulares, como lazos familiares o países de origen. La nacionalidad española puede conseguirse también:
  • A los 5 años de residencia en caso de ser refugiado.
  • A los 2 años de residencia si eres extranjero procedente de cualquier país latinoamericano, Andorra, Guinea Ecuatorial, Portugal o Filipinas. En estos casos, además, se obtiene doble nacionalidad.
  • Al año de residencia si te casas con un español o eres hijo/nieto de españoles.

¡QUIERO VIAJAR COMO ESTUDIANTE NO EUROPEO!

Entre todas estas opciones, también existe la de viajar como estudiante.

Imagina que tienes claro lo que quieres estudiar y quieres cursar en Europa, concretamente en España. O todavía no lo tienes claro pero sí sabes que quieres estudiar en España. Si tu punto de partida es completar o iniciar tus estudios en cualquier ciudad española, antes de solicitar tu visado deberás cumplir con ciertos requisitos básicos:

  1. Contar con un pasaporte vigente tanto a la hora de hacer la solicitud como durante el tiempo que tengas pensado residir en el país.
  2. Escoger el tipo de visado. Recuerda, además, tramitar el NIE (Número de Identidad de Extranjero) si prevés que tu estancia superará los 3 meses.
  3. Certificado de antecedentes judiciales.
  4. Certificado médico.
  5. Seguro médico Internacional. La diferencia entre este y el anterior reside en que el primero verifica que no accedes al país con una enfermedad infecciosa/contagiosa (como la tuberculosis o el COVID-19) mientras que la segunda garantiza tu acceso a cualquier servicio médico.
  6. Justificante de acceso. Es importante que certifiques tu entrada al país aportando una carta de invitación, un contrato laboral, un certificado de voluntariado o una matrícula de estudios/inscripción a un curso.
  7. Certificado de fondos económicos. El Gobierno necesita confirmar que puedes mantenerte durante tu estancia, así como permitirte los vuelos de regreso a tu hogar una vez finalizado el período de estancia.
  8. Presentar el certificado de alojamiento que demuestre que tienes dónde quedarte. Éste puede ser presentado como contrato de alquiler, una reserva de hotel de mínimo dos semanas de alojamiento y un certificado laboral y de estudios cuya dirección que figure coincida con la que presentas.

¿Y LOS DESCENDIENTES DE EUROPEOS?

Existen numerosos casos en que migrantes latinoamericanos adquieren la nacionalidad vía ius sanginis (por derecho de sangre). Estos pueden ser mayoritariamente de ascendencia italiana, portuguesa o española, pero también alemana, francesa o griega.

___________________________

EN EL CASO DE LOS ITALIANOS, POR EJEMPLO, SE CONOCE QUE EMIGRARON A PAÍSES COMO BRASIL, URUGUAY, CHILE, PERÚ Y ARGENTINA. EN ESTA ÚLTIMA FUE, Y ES, DONDE SE ENCUENTRA LA MAYOR CONCENTRACIÓN DE ITALIANOS O DESCENDIENTES, APROXIMADAMENTE 30 MILLONES DE NACIONALES ARGENTINOS (65% DE LA POBLACIÓN). ESO EXPLICA POR QUÉ EN 2012 SE ESTIPULÓ QUE EL 52% DE LOS RESIDENTES ESPAÑOLES QUE LLEGABAN AL PAÍS CON NACIONALIDAD ITALIANA NO HABÍAN NACIDO EN ITALIA.

___________________________

¿Eres de ascendencia europea (no española)? ¡Pues igual estás de suerte! O casi, porque no te librarás de un poco de papeleo. Sin embargo, tienes muchas más posibilidades y libertades a la hora de vivir en un estado miembro de la Unión Europea. Por ejemplo:

  • Podrás trabajar y vivir en cualquier país sin necesidad de visado.
  • Además, te corresponderán vacaciones pagadas, licencia de maternidad/paternidad, bajas laborales y permisos remunerados en caso de embarazo. Y, por si fuera poco, ¡también tendrás derecho a voto!
  • Podrás estudiar bajo las mismas condiciones que un ciudadano local.
  • Viajarás sin fronteras por cualquiera de los 27 países que conforman la UE, así como Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein. Y, no, tampoco necesitarás visado.
  • Dispondrás de Tarjeta Sanitaria Europea (siempre y cuando la solicites, como cualquier ciudadano local) para recibir asistencia sanitaria en tus viajes por el continente.

  Sin embargo, existen límites de edad:

  • Si eres mayor de 21 años, has de haber nacido antes del 9 de enero de 1985 y tus padres deben haber adquirido la nacionalidad española antes de tu nacimiento.
  • Si eres menor de 20 años y tus padres adquirieron la nacionalidad española después de tu nacimiento pero antes de que cumplieras los 18.
  • Si eres menor de 21 años y tus padres adquirieron la nacionalidad antes de tu nacimiento.
  • Si tienes 20 o más años de edad y tu ascendencia española viene de abuelos, bisabuelos, tatarabuelos o sucesivos, no podrá obtenerse de forma directa.

   Así como exigencias sobre saltos generacionales (que un familiar directo renuncie a la nacionalidad española).

EN CASO DE SER HIJOS DE PADRES O MADRES NACIDOS EN ESPAÑA, NO HAY LÍMITES DE EDAD.

Consulta en el consulado de tu país los requisitos para conseguir la ciudadanía europea del país miembro que te corresponde por ascendencia.

Para quienes provengan de tradición judía sefardí, consultar aquí.

CONCRETANDO: DESCENDIENTES DE ESPAÑOLES

Otra opción sería solicitar la nacionalidad por ascendencia española. Existen 3 tipos de solicitudes distintas:

  1. Aquellos no nacidos en España cuyo padre o madre fuese originariamente español.
  2. Nietos de quienes tuvieron que renunciar o perdieron la nacionalidad española a causa del exilio.
  3. Para quienes ya optaron a la nacionalidad española no de origen (tener padre o madre originariamente español) y quieran optar a la nacionalidad de origen.

Para conocer los formularios de solicitud y sus respectivos plazos, puedes consultar este enlace.

ESTOY LISTO PARA VIAJAR

Sentimos comunicarte que no lo estás, a no ser que seas o vivas en territorio europeo… ¡porque necesitas internet! Te guste o no, cuando viajas es importantísimo estar conectado, sobre todo cuando se trata de temas tan serios como el cambio de residencia a otro país. La mayoría de transeúntes somos simpáticos y te ofreceremos nuestra ayuda si te vemos en apuros, pero te puedes cruzar con los que no. ¡Mejor venir preparado!

   Por norma general, las compañías de teléfono te pedirán un DNI/NIE para poderte tramitar una tarjeta SIM. Ese trámite tan sencillo se convierte en un engorro cuando se tarda más de 30 días en conseguir el documento. Por suerte, ¡Tuenti te permite adquirirla con el pasaporte! Tanto en tiendas físicas como online.

___________________________

¡Pero no es la única!
Con MásMóvil también puedes darte de alta con tu pasaporte, y con Jazztel necesitarás pasaporte y tarjeta de residencia.
Por otro lado, tienes una opción más internacional. Tal vez no hayas oído hablar de ella, o tal vez sí; se encuentra en muchos de los aeropuertos. Hablamos de Lebara, que te permite contratar únicamente con pasaporte.

___________________________

Suponemos que también necesitarás abrir una cuenta bancaria, ¿verdad? Para ello, te pedirán únicamente tu pasaporte y el certificado de no residente, un documento que acredita que no resides en España y que puedes conseguir en varios organismos: en la Dirección General de Policía y de la Guardia Civil, en caso de encontrarte en el país, o a través de la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde vivas.

A continuación, te dejamos un listado de los bancos en los que podrás abrir tu cuenta:

  • Banco Santander.
  • Banco Popular (vinculado al Banco Santander).
  • Banco Sabadell.
  • Bankinter.
  • BBVA.

EL CARNÉ DE CONDUCIR

En España, podrás conducir un coche con tu carné extranjero, aunque sólo tendrá un período de validez de 6 meses desde la llegada al país. Además, tu permiso ha de estar en regla y debes tener la edad legal mínima requerida en España para poder conducir.

De ser turista, el carné tendría una vigencia de 90 días.

Te dejamos el enlace a la página de la Dirección General de Tráfico (DGT) de España con todos los requisitos y trámites necesarios para hacer el canje dependiendo de tu país de origen.

NECESITO SOLICITAR EL NIE

Este es el trámite más importante. El NIE (Número de Identificación de Extranjeros) es el documento de identidad que permite solicitar:

  • Una cuenta bancaria
  • Un trabajo
  • El alquiler o compra de una propiedad
  • El acceso a la Seguridad Social
  • El alta en Hacienda
  • Etc.


En caso de ser ciudadano europeo, podrá solicitarse si se cumple uno o más de estos requisitos:

  • Tener contrato de trabajo.
  • Ser autónomo y contar con un negocio propio.
  • Ser estudiante.
  • Tener medios económicos y seguro de salud.

   

Los tiempos de espera entre gestión y gestión son largos, por lo que deberás estar preparado y armado de mucha paciencia. Hace años, la gente hacía cola desde la noche anterior para conseguir entrar en la oficina de extranjería y empezar con los trámites. Supuestamente, ahora es más sencillo con la cita previa, ¡pero cuidado! Sigue siendo complicado. Menos, pero lo es.

  1. Resérvate todo el día. Si tu cita previa es a las 10h de la mañana, estate listo a las 8h y no hagas planes, porque vas a pasar muchas horas tramitándolo. Aún así, el proceso total puede tardar más de 6 meses.
  2. Cuidado con el NIE de agrupación familiar. Éste no te permitirá trabajar al cumplir los 18, solamente residir.
    Si te ocurriera, deberás solicitar de nuevo el NIE de forma independiente (es decir, como adulto).
  3. Asegúrate de que los datos estén correctos. Si traducen tu nombre (por ejemplo: del ruso al francés, porque a veces estas cosas pasan) y en el futuro quieres tramitar de nuevo con tu nombre de nacimiento, el registro no te contará la estancia seguida en el país. Es decir, imagina que en 2027 decides cambiar tu nombre de Alexandre (el que te pusieron al llegar) por el de Alexander (el de nacimiento). Si ese primer trámite se hizo en 2021, para el registro habrás permanecido en el país un total de 6 años. A partir de 2027, empieza a contar el tiempo para Alexander.

    o ¿Qué importancia tiene esto? Que si tenías previsto recibir la nacionalidad en 2031, ya no es posible. Tendrás que esperar a 2037.

  4. Antes de continuar, queremos informarte de la posibilidad de ahorrarte todos los trámites legales citados en este artículo mediante la contratación de un abogado que los gestione por ti. Tendrás que abonar una cuantía de aproximadamente 400€ y puedes encontrarlos en portales como https://www.elabogado.com.
  • Advertimos que, aún así, los tiempos de gestión también son largos.

¿Qué documentos son necesarios y cómo se solicita el NIE?

Aquellos que viven fuera de España deberán solicitar el NIE, siempre que sea de carácter NO permanente (período de validez de 3 meses), en el consulado o embajada española del país de residencia; esta solicitud se dirigirá a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras y su trámite es de carácter estrictamente presencial.

Los menores de 5 años, a quienes no se les toman las huellas dactilares, también deberán acudir de forma presencial en el momento del trámite.

¿Y QUÉ PASA SI NO PUEDES IR?

Podrás enviar a alguien en tu lugar.

Pide cita (como ya hemos recalcado, es un proceso complicado debido a la alta demanda de citas previas, ¡pero persiste!) en el Proceso automático para la solicitud de cita previa (administracionespublicas.gob.es) y ¡prepara los documentos!


¿Cuáles? El original y fotocopia de:

  • El justificante de la cita (número).
  • El Impreso-solicitud normalizado (EX-15) rellenado y firmado por el solicitante.
  • El Formulario NIE Tasa modelo 790 código 012, cuyo pequeño impuesto deberá abonarse posteriormente. Los datos de este documento no pueden guardarse y deberá imprimirse al acabar de rellenarse.
  • Justificante del pago de la tasa.
  • Pasaporte. En caso de ser ciudadano europeo, el documento de identidad también será válido.
  • Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud (razones por las cuales se requiere el NIE, como la compra de una casa o abrir una cuenta en el banco). Los ciudadanos de la UE no deberán aportar dicho documento.
Para ya residentes en el país, se deberá solicitar en las oficinas de la Dirección General de la Policía mediante cita previa y rellenar el Formulario EX-18 (serán necesarios original y fotocopia). Se dispone de 90 días de plazo para su solicitud

El NIE permanente se debe solicitar en el mismo momento de realizar la inscripción obligatoria en la Oficina de Extranjeros más cercana al domicilio, siempre con cita previa.

=> ‘seleccionar provincia’ / ‘autoriz.residencia larga duración UE’ / ‘aceptar’

SOLICITAR LA TIE

Si tu periodo de residencia va a superar los 6 meses, deberás solicitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero). Aquí la cosa se complica en cuanto a conceptos, ya que uno puede preguntarse para qué es necesario tanto documento y si no son el mismo, pero en realidad es muy sencillo.

Veamos las diferencias entre el NIE y la TIE:

NIE:

  • Únicamente es un número con efectos administrativos.
  • Es un número único e intransferible.
  • Una vez te lo conceden es para siempre, incluso cuando eres expulsado de un país, y no caduca.
  • No acredita que residas legalmente en el país.
  • No es un documento físico, aunque se suele entregar una tarjeta de cartón de color verde con el número expedido y su fecha y lugar de emisión.

TIE:

  • Es un documento físico y en él figura el NIE.
  • Se solicita (obligatoriamente) cuando la estancia no es temporal y es superior a 6 meses.
  • Acredita que resides legalmente en el país.
  • Tiene caducidad y debe renovarse periódicamente según el permiso de residencia obtenido.
  • Con el tiempo, su obtención permite optar a la Residencia Permanente o Nacionalidad Española.

Para solicitar la TIE, tienes un mes: Desde tu entrada al país. // Desde que se te concediera la autorización o entrase en vigencia. // En casos especiales, desde el momento en que se produjo el robo, el extravío, la destrucción o la inutilización de la tarjeta de identidad.

Documentos necesarios:

o   Original y fotocopia de:

  • Solicitud Modelo Oficial EX-17, cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte o título de viaje con el sello de entrada, signo o marca de control realizado en el puesto fronterizo. En su defecto, pasaporte o documento de viaje en vigor y declaración de entrada que deberás haber efectuado personalmente en cualquier Comisaría de Policía u Oficina de Extranjeros en el plazo máximo de 72 horas a partir del momento de la entrada en España; o, si es tu caso, la cédula de inscripción en vigor.
  • Tres fotografías recientes, en color, en fondo blanco, tamaño carné.
  • Visado.
  • Resolución de concesión de la autorización que justifica la expedición de la tarjeta (salvo que consientas la comprobación de dicha información por la Administración General del Estado).
  • Justificante del abono de las tasas correspondientes.
  • Acreditación de la afiliación y/o alta en la Seguridad Social.

Dónde y cómo solicitar la TIE:
  • Pide cita previa en la Oficina de Extranjeros o en la Comisaría en la que solicitaste el permiso de residencia, de forma presencial o si la provincia lo permite mediante el trámite online. Recuerda que dispones de un mes.
  • Paga las tasas requeridas.
  • Asegúrate de llevar encima las acreditaciones y documentos que demuestren que eres el destinatario de la tarjeta y que has pagado las tasas.
  • No están obligados a solicitar la tarjeta de identidad aquellos extranjeros titulares de una autorización de residencia o de trabajo temporal.

MOTIVOS PARA PROHIBIRTE LA ENTRADA AL PAÍS

  1. Haber sido previamente expulsado o devuelto por España o algún Estado Schengen.
  2. Tener prohibida la entrada de forma expresa por actividades contrarias a los intereses de España o a los derechos humanos o por su notoria conexión con organizaciones delictivas.
  3. Estar reclamados internacionalmente por causas criminales.
  4. Suponer un peligro para la salud pública, el orden público, la seguridad nacional o las relaciones internacionales de España o de otros Estados con los que España tenga un convenio en tal sentido.
  5. Haber agotado 90 días de estancia en un período de 180 días.

ALQUILAR O COMPRAR PISO

Ahora sí. Imaginemos que tienes todo en regla, te han adjudicado un número identificativo y tienes permiso para residir en el país. Eso, o estás tramitando tu visado de estudiante y necesitas aportar el justificante de residencia. ¿Dónde vivirás?

Algunos consejos básicos a tener en cuenta antes de mudarte son:

  • Sumar los ingresos brutos mensuales que entran en casa: si estás solo, tu nómina. Si vives con más adultos y compartes techo, suma también sus nóminas (en caso de que vayan a aportarlas).
  • Suma todos tus gastos (compras, suscripciones, media de recibos, alquiler, préstamos, hipotecas… etc.).
  • Resta los gastos a los ingresos y comprueba si te es posible.
  • Las inmobiliarias recomiendan que tu alquiler no sea superior al 40% de tus ingresos netos mensuales.

    Por ejemplo: Si tu salario neto mensual es de 1200€, tu alquiler no debe sobrepasar los 480€, o no debería. 1200 x 0,4 = 480€
  • Otro cálculo recomendado sería que tu sueldo bruto anual no superase 40 veces el precio de tu alquiler.

    Por ejemplo: Si cobras 33.000€ brutos anuales, tu alquiler no debería sobrepasar los 825€. 33000 / 40 = 825

Dependiendo de la comunidad autónoma en la que decidas estudiar o residir, el precio del alquiler será diferente, así como sus hoteles y hostales. Algunas comunidades son mucho más económicas pero no cuentan con los mismos servicios ni la misma fama internacional, a pesar de que cada una tiene su encanto especial.

El portal inmobiliario Fotocasa nos muestra una tabla evolutiva de los alquileres en España y aporta una media de alquiler por un piso de 80 m2 en cada una de las CCAA en 2021:

Si por el contrario lo que quieres es pasar unos días en hoteles u hostales para un primer contacto con la ciudad, o mientras acabas de tramitar tus papeles, tienes un amplio abanico de opciones. Por ejemplo, hay muchos hoteles en Barcelona o Madrid que pueden salirte entre 20€ a 50€ la noche; es cuestión de ponerse a buscar.


En estos casos, recomendamos alojarse en la periferia o en barrios no tan céntricos para una mejor calidad-precio. Es poco probable que encuentres ese precio cerca de Plaza Catalunya o Plaza España.

¿Y si lo que quieres es residir de forma permanente?

La respuesta a si es mejor comprar o alquilar la dejaremos para más adelante, pues, en este caso, dependerá mucho de la situación económica de cada caso particular. Por lo pronto, creemos que te interesa más alquilar, especialmente si se trata de un permiso por estudios, un período corto. Tienes la opción de:

  • Alquilar un apartamento completo para ti solo, porque te lo puedes permitir. Para ello, deberás acreditar tu solvencia ante la inmobiliaria y aportar los documentos de rigor que soliciten (documento de identidad, últimas nóminas…).
  • Alquilar solamente una habitación, donde compartirás espacios comunes, como la sala de estar, la cocina y el baño, pero ahorrarás bastante dinero, especialmente si no tienes un sueldo especialmente alto.

Ahora bien, ¿por dónde empezar?
  • Si estás buscando piso o residencia, te recomendamos que contactes con profesionales como el equipo de Spotahome. Sin moverte de tu país de residencia actual, se encargarán de encontrarte casa, verificando cada propiedad y ofreciéndote una amplia seguridad. A través de videos y fotografías, sus Homechecker te guiarán entre las estancias para que puedas comprobar que el lugar al que te mudarás entra dentro de tus expectativas. Y no te preocupes, que si cuando llegues al piso realmente no era como esperabas, ¡te buscan otro sitio!
¿Quieres trabajar mientras estudias y tu visado lo permite? Spotahome cuenta, además, con la plataforma Erasmusu, y ésta cuenta con ofertas de trabajo para estudiantes.
  • Otra muy buena opción para venir a vivir a España es contratando un Personal Shopper Inmobiliario a través del portal de AEPSI. La figura del PSI resulta muy útil para que haga todas esas gestiones inmobiliarias que tú no puedes hacer, como el papeleo, las negociaciones con los propietarios y encontrar tu hogar ideal estando a kilómetros de distancia. Eso sí, esta vía solamente está recomendada siempre y cuando busques un piso de compra.

Si ese es el caso, y dispones de tiempo (mínimo 3 meses), también recomendamos contactar con Soledad Rosatti, profesional del Personal Shopper Inmobiliario en Barcelona. No solamente harás videollamada para visitar los pisos, sino que además podrá ayudarte/aconsejarte de todos los pasos que debes realizar antes de regularizar tu situación si todavía no has tramitado el NIE.

Porque, sí, como comentábamos en el punto 8, necesitarás abrirte también una cuenta en el banco desde donde salgan los fondos para invertir en una propiedad, ya sea mediante un crédito bancario o con poder adquisitivo suficiente como para afrontar la compra total.

OKIFY SE ENCARGA DEL RESTO

Ahora, respira, que ya llegamos al final. Sabemos que la cantidad de papeleo que te espera por delante es abrumadora. Demasiados trámites, cosas a tener en cuenta, contratos posteriores… ¡Pero te aseguramos que vale la pena!

Habla con tu inmobiliaria o tu Personal Shopper Inmobiliario para que se ponga en contacto con nosotros y así poderte ofrecer, de forma rápida, sencilla y gratuita, el alta de todos los suministros que necesites en tu nuevo domicilio, desde luz, gas, agua e Internet hasta alarmas y seguros del hogar.

Queremos que cuando pongas un pie en España lo tengas todo resuelto para entrar a vivir, ¡sin preocuparte por nada más!

OKIFY y sus dominios utilizan cookies propias y de terceros que almacenan y recuperan información cuando navegas con la finalidad de realizar análisis sobre la interacción con el portal, obtener información sobre tus hábitos de navegación para el envío de publicidad personalizada en base a un perfil o personalizar la forma en la que se muestra el contenido. Pulse la opción de ACEPTAR para confirmar que ha leído y acepta el uso de las mismas. Pulse DENEGAR si no quiere utilizar cookies o clique en “preferencias” para administrarlas. Puede obtener más información en nuestra política de cookies.